viernes, 6 de mayo de 2011

Denuncia de la CORPORACION FINANCIERA FINAMERICA ante la OIT

De manera sucinta fue presentado el caso de Sintraenfi en Fianamerica ante la Misión de Alto Nivel de la Organización Internacional del Trabajo –OIT-, que visitó la ciudad de Medellín, el pasado 16 de febrero. La Misión venia a revisar sobre el terreno si de verdad el gobierno colombiano es un caso en avance en el respeto de la libertad sindical y del derecho de asociación, cosa que se prueba que es mentira lo que argumentan los empresarios y el gobierno en la OIT. El caso de Finamerica ilustra claramente lo que afirmamos ante los delegados internacionales, que hay una respuesta inmediata, automática, violatoria de las derechos humanos y laborales por parte de los empresarios y gobierno colombiano, cuando los trabajadores deciden afiliarse al sindicato y presentar su justo pliego de peticiones.
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4. Caso Sintraenfi

El Sindicato de Trabajadores de Entidades Financieras “Sintraenfi”, es un sindicato de industria, filial de la Confederación de Trabajadores de Colombia –CTC-, que luego de varios intentos y obstáculos para el reconocimiento legal ante el Ministerio de la Protección Social, logró su personería jurídica No. 001877 el 09 de septiembre de 2002. Así como fue de difícil su constitución, ha sido tortuoso el camino recorrido, como organización relativamente reciente en el panorama sindical colombiano.

El sindicato encuentra ya bastante reducida su base social hacia el  año 2008, producto de despidos y desafiliaciones, resultado de campañas antisindicales dirigidas por las patronales, cuando ingresaron a Sintraenfi, un buen número de trabajadores de Bancolombia, que se sumaban a los trabajadores del Banco Santander, ING Pensiones y Cesantías y BBVA. Desde finales del año pasado y comienzos de 2011, se afiliaron un importante número de trabajadores de la  Corporación Financiera Finamerica.

Sintraenfi reporto cada uno de sus afiliados a la Gerencia General de Finamerica, representada legalmente por el señor Gregorio Alberto Mejía Solano. El día 3 de enero de 2011presentó un pliego de peticiones, el cual se han negado a negociar alegando que el pliego no era legalmente procedente y por supuesta inexistencia de requisitos. Por nuestra parte conminamos a la empresa a que se de inicio a la negociación colectiva del pliego de peticiones, advirtiendo además sobre las sanciones legales a que se verían sometidos por el incumplimiento, recibiendo como respuesta otro rechazo por escrito.

Para empeorar la violación a la negociación colectiva por parte de Finamerica, mientras demora el inicio de las negociaciones, viene realizando conductas tendientes a desestimular la actividad sindical y buscar la desafiliación de los trabajadores, a quienes viene presionando de diferentes formas y argumentos, llegando al despido ya de algunos de ellos.

La empresa continua ofreciendo dádivas a los trabajadores no afiliados, sin dejar constancia por escrito, pretendiendo mejorarlos por encima de los sindicalizados, en un acto violatorio y discriminatorio de la libertad sindical y del derecho de asociación, además de negar el de negociación colectiva, al pretender imponer un estatuto de beneficios de mera liberalidad y cerrar el paso a la Convención Colectiva de trabajo, por existir allí, ya un sindicato, Sintraenfi.

Prueba de estas violaciones, es la comunicación suscrita por el trabajador Julián Alberto Ruiz por el acoso laboral y la persecución sindical de que viene siendo víctima, por parte de un representante de la empresa en la ciudad de Bogotá de nombre Marcelo Di Marco, donde condiciona una serie de derechos simples a los trabajadores como asistencia a citas médicas, estudios, calamidades domésticas, a la firma de un pacto colectivo. Ya en términos personales, indaga sobre la afiliación sindical de sus propios compañeros, como el trabajador se encuentra afiliado a Sintraenfi, le ofreció salirse del sindicato a cambio de la estabilidad laboral, aumento de sueldo y derechos como los anteriores ofrecimientos de permisos, le fija un plazo y que lo buscara para que le informara su decisión.
Igual situación viven los demás trabajadores afiliados, de los cuales, a la fecha ya tenemos cerca de 20 desafiliaciones y el desestimulo creciente para la afiliación por la imposibilidad de la negociación colectiva, ante lo cual estamos a la espera de las decisiones del propio Ministerio de la Protección Social quien ya está debidamente informado por la Querella administrativa para que se investigue a la empresa por estos hechos y se ordene el inicio de la negociación colectiva.

Además de esto, nuestro Sindicato aún no ha recibido el descuento sindical, como una forma adicional de limitar el accionar sindical y legal, presionando económicamente a la organización, a la vez que desconoce la voluntad de los trabajadores del ejercicio de la libertad sindical y del derecho de asociación.

FINAMERICA S.A., tiene su domicilio principal en la Calle 16 No. 6-66 Piso 4 y 14 Edificio Avianca – PBX. 2868609 - FAX. 3427070 de Bogotá D.C.- Colombia, para que se le invite a que no continúe Vulnerando el derecho de asociación, el derecho de negociación colectiva, a cumplir con la normatividad laboral vigente,  a que se evite las sanciones administrativas y económicas a que haya lugar e iniciar de manera inmediata la negociación del Pliego de Peticiones presentado a dicha entidad por SINTRAENFI, el día 3 de enero del año 2011.

Por similares actuaciones de parte de las empresas donde Sintraenfi viene haciendo presencia, le ha tocado atravesar, se han tenido algunos avances, pero se sigue manteniendo una política antisindical que demuestra que en Colombia se viola dramáticamente los Convenios 87 y 98 de la OIT y hace imposible que el gobierno colombiano haya sido eximido de la atención del Comité de Normas de la OIT en 99 Conferencia en el año 2010 y solicitamos, como ampliamos en un documento que anexamos sobre las violaciones de los convenios mencionados en las empresas Bancolombia, ING Pensiones y Cesantías, Banco Santander y Finamerica, que este año sea estudiado el caso colombiano por el Comité de Normas de la OIT. 

Comisión SINTRAENFI en la reunión con la Misión de la OIT
CESAR AUGUSTO CASTAÑO V.
GLORIA INES GIRALDO A.

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